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Cómo puede cambiar su vida los Testigos de Jehová
Hace 26 años, escribí este folleto que presenté en rueda de prensa en Alicante, y que ahora pongo a disposición del visitante de estas web, con objeto de que se conozcan los peligros de escuchar y dejarse seducir por personas amables, educadas, pero duramente adoctrinados por una Sociedad Anónima ubicada en New York, y camuflada en la piel de una entidad religiosa.
Durante estos 25 años que han transcurrido, las cosas han cambiado muchísimo. Las doctrinas que este grupo defendía como la "verdad", ahora son "mentira", se enseñan de diferentes formas, y si alguien sigue creyendo la anteriores, el colectivo lo expulsará, que es algo así como matarlo en vida, condenarlo al ostracismo más cruel.
Lo que antes era blanco ahora es gris o directamente negro. ¿Quién lo decide? Un grupito de 11 personas ubicadas en Estados Unidos, que en su desvarío y locura "se alza a sí mismo sobre todo aquel a quien se llama “dios” o [todo] objeto de reverencia, de modo que se sienta en el templo del Dios, y públicamente ostenta ser un dios." (2Tes. 2:4)
Testigos de Jehová... ¿confesión religiosa o secta destructiva?
Los varapalos se repiten. Primero fue una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Torrejón de Ardoz (España), después otra de la Audiencia Provincial de Madrid a favor de Enrique Carmona, que posteriormente fue recurrida por los 'testigos' en casación, y que ahora, el Tribunal Supremo inadmite.
Y es que los dirigentes de los Testigos no aprenden, o no quieren aprender de Jesús que dijo aquello de "cuando te lleven a los tribunales pidiéndote una prenda, da dos". Ellos demandan y demandan a personas, Asociaciones y hasta Estados, si les tocan el bolsillo.
No aprendieron de su experiencia española, y ante la pérdida de privilegios en Noruega,
vuelven a tirarse otro tiro en el pié. Tanto en un sitio como en otro, denunciaron o recurrieron a Sentencias
judiciales y en el caso de Noruega, un Tribunal Superior confirmo la sentencia anterior, y declaro con rotundidad que los Testigos de Jehová son un colectivo religioso
que atenta contra los más elementales derechos humanos, al fomentar enseñanzas que discriminan a todo aquél que es expulsado de sus filas, o disiente de sus doctrinas.
Los jueces siguen reconociendo la existencia de víctimas de los Testigos de Jehová y admiten que se le pueda llamar secta destructiva, al considerar
que el ostracismo y muerte social que aplican sobre cualquier disidente, incluso los silencios ante las "autoridades superiores", (cuando son requeridos para que
declaren sobre a delitos flagrantes de abusos de menores, pederastia y violencia de género), ha llevado a que otro nuevo país, se pronuncie
sobre la verdadera naturaleza y fin de esta secta.
El paso de los años ha reflejado: por una lado, la naturaleza y fines del colectivo, y por otro, un claro concepto judicial de lo que significa "libertad
religiosa" y cuales son las posturas judiciales y estatales aconfesionales que deben imperar y aplicarse a cualquier movimiento que controla las vidas "espirituales"
de los seres humanos.
Como venimos diciendo desde hace años, los terremotos que están sucediendo y sucederán dentro de los testigos de Jehová son imparables, y cambiarán radicalmente
su naturaleza. Sus doctrinas relacionadas con la expulsión, desasociación, sangre, cumpleaños, Navidad, 1914 y otras muchas vinculadas a sus explicaciones de Mateo 24 y 25,
han cambiado ya, se están cambiando, o se cambiarán dentro de poco.
Ellos no son "voceros", ni "atalayas", ni "esclavos fieles y discretos", ni siquiera sus enseñanzas son guiadas por nadie, salvo por su propio egoncentrismo y sabiduría
chabacana y mundana, para controlar de forma piramidal, un sistema comercial y empresarial.
Hace 29 años que mi esposa y yo abandonamos el grupo, y es un privilegio ver la caída de una secta que tanto daño ha hecho a la sociedad.
SENTENCIA Nº 258/2023
Todo comenzó con una demanda interpuesta por la confesión religiosa Testigos Cristianos de Jehová contra la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, en autos 729/2021, por una supuesta vulneración del derecho al honor.
En esta Sentencia SE DESESTIMA INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la citada confesión en los siguientes términos:
1.-Debo declarar y declaro que no ha existido vulneración del derecho al honor de la confesión religiosa Testigos Cristianos de Jehová de España al mantener los derechos a la libertad de expresión e información su prevalencia sobre el derecho al honor.
2.- Debo absolver y absuelvo a la Asociación Española de Víctimas de Testigos de Jehová de todas las pretensiones formuladas en su contra.
3.- Debo condenar y condeno a la confesión religiosa demandante, así como a todos los demandantes, al pago de las costas procesales. |
SENTENCIA Nº 122/2026
Como era de esperar, la confesión religiosa apeló y con fecha 16 de abril de 2026 ha recibido una varapalo humillante y vergonzoso para sus dirigentes, pues la Audiencia Provincial Civil de Madrid ha sido conclusiva, pronunciándose de este modo:
Que, DESESTIMANDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por los
“Testigos Cristianos de Jehova”, debemos confirmar y confirmamos la sentencia dictada el día 5 de diciembre de 2023, por el Magistrado titular del juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz en el juicio ordinario número 729/2021, del que la presente apelación dimana y cuya parte dispositiva se transcribe en el primer antecedente de hecho de la presente y se da aquí por reproducida. |
SENTENCIA Nº 310/2023
El caso es que también se demandó a D. Enrique Carmona Morente, que en ese momento era Secretario de la AEVTJ, por haber utilizado términos 'ofensivos' en la presentación de la AEVTJ, como denominar "secta" o "secta destructiva" a esta confesión pseudoreligiosa, y en este caso SE ESTIMÓ PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por el procurador en nombre y representación de TESTIGOS CRISTIANOS DE JEHOVÁ contra D. Enrique Francisco Carmona Morente, representado por la procuradora, declarando que las expresiones proferidas en los minutos 12:06 a 13:08 del vídeo denominado “Presentación de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová” subido al canal YouTube, suponen una intromisión ilegítima del derecho fundamental al honor de la actora.
Se condenó al demandado al pago de la cantidad de 5.000 euros por los daños y perjuicios padecidos por la intromisión ilegítima descrita. |
En el juicio contra el que fue Secretario de la AEVTJ, Enrique Carmona, el Tribunal de Primera Instancia de Torrejon dejó establecido como un derecho, el declarase 'victima' de los Testigos de Jehová, y tachar a esta de 'secta destructiva', expresándolo públicamente en los medios, como parte de su derecho de libertad de expresión, establecida en la Constitución Española. |
El Tribunal Supremo español se pronuncia sobre el Recurso de Casación que los Testigos de Jehová
presentaron contra la Sentencia a favor de Enrique Carmona.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE DISTRITO DE OSLO
ENTREVISTA EN RTVE A SORAYA NÁREZ
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